PATROCINADOR Y PARTICIPANTES
1- La promoción, su mecánica, la publicidad y
los derechos de autor que de ellos se deriven o se llegaren
a derivar, son propiedad exclusiva de la empresa CINÉPOLIS
DE COSTA RICA S.A., en adelante el patrocinador o simplemente
CINÉPOLIS, a nombre del complejo de salas de cines ubicadas
en el Centro Comercial TERRAMALL, en La Unión, San DiegoTres
Ríos de Cartago.
2- Participan en calidad de patrocinadores de la promoción:
COCA-COLA INTERAMERICAN, BEACHES RESORTS BY SANDALS, COPA AIRLINES,
y SONY ERICCSON.
3- La promoción se lleva a cabo por tiempo limitado,
inicia el 12 de enero y finalizará el 08 de marzo del
2007. La promoción finalizará anticipadamente
si se agota la existencia de los cupones antes de la fecha de
finalización.
4- La promoción será válida ÚNICAMENTE
en el complejo de cines CINÉPOLIS TERRAMALL.
5- La promoción está dirigida a todo público,
pero es de suponer que menores también participen al
comprar los combos a los que se hace referencia más adelante,
pero ello será posible solo si sus padres o encargado
legal lo autorizan, de ahí que la participación
de los menores se dará bajo la presunción de que
los padres han autorizado dicha participación, sin que
el patrocinador tenga que verificar dicha circunstancia. Los
padres o encargados legales son los responsables por los actos
de los menores a su cargo. Las responsabilidades y obligaciones
que se señalan en el Código de Familia, así
como la responsabilidad civil establecida en el Código
Civil, se entienden por incorporadas a este artículo.
Por tal motivo, la participación de los menores está
permitida en lo que al reclamo y canje de productos se refiere.
FORMA DE PARTICIPAR
Y BENEFICIOS
6- Toda persona que desee participar en la promoción
o reclamar un premio o beneficio, deberá tener conocimiento
de este Reglamento, ya que el reclamo, la aceptación
y el recibo de un premio o un beneficio, conlleva la forzosa
e ineludible obligación de conocer las condiciones y
la forma de participación, así como las condiciones,
limitaciones y responsabilidades que se establecen en este reglamento
en cuanto a los premios. Por lo anterior y para todos los efectos
legales, el patrocinador entenderá que la manifestación
de voluntad de la aceptación de ese conocimiento, se
verificará por el hecho de reclamar el respectivo premio
o beneficio, en cuyo caso, el patrocinador podrá exigir
al interesado, que mediante documento escrito, manifieste dicha
declaración y a su vez se adhiera por completo a todas
y cada una de las cláusulas del reglamento. Si una persona
no se adhiere o no demuestra su voluntad de aceptar estas condiciones,
el patrocinador no asumirá ningún tipo de responsabilidad,
exonerándose de la obligación de entregar el premio.
7- La presente promoción es de premios instantáneos.
8- La presente es una promoción EXCLUSIVA para consumidores
finales, en la cual se requiere la compra de CUALQUIER COMBO
DE ADULTO (se excluye por lo tanto el Combo Infantil) en los
centros de venta de comidas de CINÉPOLIS, tal y como
se describe en este documento.
9- Durante el período en que la promoción se encuentre
vigente, las personas interesadas en participar podrán
hacerlo de la siguiente forma: al adquirir y cancelar un COMBO
DE ADULTOS (Combo Amigos, Combo Clásico, Combo Nachos,
Combo Helado y Combo Crunch), en el área de venta de
comidas de CINÉPOLIS, los consumidores recibirán
un CUPÓN RASPABLE. Todos los cupones ofrecen BENEFICIOS
INMEDIATOS. Los combos infantiles no participan y no generarán
cupones.
10- Los COMBOS DE ADULTOS son los que normalmente se ofrecen
en el centro de venta de alimentos que se pueden consumir en
el cine. El precio y la demás características,
son las que en el momento de compra se anuncian en el puesto
de venta por medio de cartelera. Los productos y precios pueden
variar de un día a otro, sin previo aviso, en estos casos,
rige el precio oficial del día.
11- Al cancelar la compra, le entregarán su raspable,
el cual debera raspar para conocer su premio.
12- Los beneficios consistirán en PRODUCTO GRATIS, 2
X 1, celuares Sony Ericcson, Pases Anuales a Cinepolis o Viajes
a Jamaica, con boleto de avion y hospedaje incluidos. Las promociones
que dicen GRATIS, son reclamables inmediatamente. Las que dicen
2 X 1, son aplicables en compras futuras, aunque pueden ser
venta inmediata, y no aplican a la compra realizada y que concedió
el cupón.
13- Los productos gratis son los siguientes: entrada a Cinepolis
valida de lunes a viernes, palomitas de maíz gratis (46
onzas), refresco gaseoso gratis (16 onzas), o hot dog gratis.
También habrá refresco gaseoso gratis (16 onzas)
con la compra de un Baguis.
14- Los beneficios DOS POR UNO, son aquellos en donde en futura
compra (en ese momento en forma inmediata, en el caso de las
comidas, o en otra visita al cine), el consumidor paga por el
producto o entrada que indique el cupón, y recibe otro
gratis. Estos beneficios son: entradas tradicionales gratis
al cine, entradas VIP gratis al cine, (estas entradas son válidas
solamente en lunes, martes o jueves), hot dog, refresco gaseoso
(16 onzas), nachos y palomitas saladas de maíz gratis
(46 onzas).
15- Los cupones se consideran AL PORTADOR, hasta que sean reclamados
y llenados en su parte posterior, en ese momento se convierten
en nominativos y solo podrán ser reclamados, en caso
del sorteo y resultar favorecidos, por las personas que en ellos
se indiquen.
16- Los cupones deberán mostrarse en forma intacta y
limpia. CINÉPOLIS se reserva el derecho de determinar
el estado de cada cupón, a los efectos de esta promoción.
En caso de duda, los cupones no serán aceptados, de acuerdo
al patrocinador. Esta decisión, no es apelable.
17- Una persona recibirá tantos cupones como COMBOS AMIGOS
DE ADULTO haya adquirido.
18- Una vez que el beneficio ha sido reclamado, el cupón
no podrá ser reutilizado.
BENEFICIOS Y PREMIOS
POR SORTEO
19- La promoción ofrece la cantidad de quince diez mil
treita y nueve (10.039) beneficios, distribuidos de la siguiente
forma:
Entrada Tradicional 2x1 1000
Entrada Gratis, de lunes a viernes 500
Hot Dogs 2x1 1000
Nachos 2x1 500
Palomitas Saladas 46 oz 2x1 1000
Palomitas Saladas 46 oz Gratis 500
Refresco 16 oz 2x1 1000
Refresco 16 oz Gratis 500
Entrada VIP 2x1, lunes, martes y jueves 1000
Refresco 16 oz Gratis comprando 1 Baguis 2000
Hot Dog Gratis 1000
Viaje a Jamaica, con hospedaje y boleto 4
Celulares Sony Ericcson W810 9
Celulares Sony Ericcson W300 21
Pase Anual Cinepolis 5
20- Los premios de esta promoción cuentan con las condiciones
y limitaciones indicadas en este reglamento, a las cuáles
deberán adherirse los favorecidos.
21- Se aclara que los premios que aparecen o puedan aparecer
en la publicidad, no necesariamente coincidirán con los
que lleguen a entregarse; pues fueron utilizados únicamente
con fines ilustrativos.
22- Cada premio de viaje es para dos personas e incluyen los
dos tiquetes aéreos San José ¬¬/ Jamaica
/ San José. Hospedaje en el Hotel Beaches by Sandals
por cuatro noches / cinco días en habitacion doble. Las
comidas en el Hotel, con las limitaciones que se indique por
parte del proveedor del servicio. Un completo detalle le será
entregado a cada favorecido en el momento que le entreguen su
documentación de viaje.
23- El viaje no incluye los servicios no estipulados en el presente
reglamento y en la documentación de viaje. Estos gastos
deberán ser cubiertos por el favorecido de sus propios
bolsillos. Además, todos aquellos gastos no incluidos
en el paquete de viaje (que indique la agencia de viajes), al
país de destino correrán por cuenta de cada favorecido,
por lo tanto los gastos de índole personal, tales como
lavandería, teléfonos, diversiones no incluidas
en el premio, propinas incluso las de los barcos, deberán
ser cubiertos por el favorecido de sus propios bolsillos.
DE LOS CUPONES PROMOCIONALES,
SORTEO, VERIFICACIÓN Y DIVULGACIÓN
24- Los cupones promocionales que participan en esta promoción,
deben ser ORIGINALES y encontrarse en buen estado de conservación;
por lo tanto, no se aceptarán fotocopias, facsímiles,
imitaciones o reproducciones de cupones o reproducciones por
cualquier medio conocido que implique reprografía, ya
sea por procesos mecánicos, fotográficos o fotoquímicos,
ópticos o electroópticos, xerográficos,
digitales, tratamiento informático o recuperación
informática, eléctricos, electromagnéticos,
o sistemas parecidos y en general cualquier sistema aquí
no enumerado y/o que se lleguen a conocer en el futuro, que
dé el mismo resultado.
25- Tampoco se aceptarán los que incumplan en general
con este reglamento.
26- Serán desechados los cupones que no sean originales
y todos aquellos que presenten alteraciones, borrones, tachaduras
o roturas, sin perjuicio de las acciones que se reserve el patrocinador.
27- Los cupones se encuentran numerados consecutivamente. CINÉPOLIS
ha establecido un control y seguimiento de seguridad de los
cupones y su numeración, para evitar fraudes. Los cupones
que se lleguen a reclamar, deben coincidir con este sistema.
Aquellos cupones que no permitan apreciar el número y
las medidas de seguridad, también serán desechados.
28- El patrocinador podrá verificar los datos aportados
por el participante, tanto antes como después del sorteo.
Las personas que no cumplen con los requisitos reglamentarios,
serán descalificadas.
29- Las personas favorecidas que cumplan con este reglamento
y que acepten el premio con todas sus limitaciones y condiciones,
serán declaradas ganadoras. El simple hecho de resultar
favorecida o favorecido, no implicará que la persona
es ganadora, sino hasta que se corrobore la información
y se hayan llenado los requisitos.
30- Los ganadores serán dados a conocer mediante publicación
en algún medio de comunicación.
RECLAMO Y RETIRO DE
PREMIOS
31- El plazo máximo para reclamar los premios de viaje,
celulares y pases anuales (reclamo no significa entrega), por
parte de los favorecidos, será de dos días naturales
posteriores a partir de la entrega del cupon. La verificacion
del tiempo se hara con el tiquete de compra del combo. En el
caso de los demas premios el beneficiado tendra hasta el 30
de marzo para reclamar su premio. Pasada esa fecha, caducará
el derecho de reclamar o hacer efectivos los premios y el patrocinador
no reconocerá premio alguno, y por lo tanto no se verá
en la obligación de satisfacerlos.
32- Una vez reclamado el premio, el patrocinador definirá
y comunicará a cada favorecido la fecha, lugar y hora
en que su premio le será oficialmente entregado.
33- Si un premio no se hiciere efectivo o si fuese rechazado,
por las razones que sean, será propiedad del patrocinador,
quién dispondrá de este en la forma que más
le parezca.
34- Los premios deberán ser reclamados únicamente
por las personas que hayan sido declaradas favorecidas.
35- Sola una persona favorecida que haya sido declarada ganadora,
podrá retirar el premio.
36- Los cupones no reclamados durante la promoción quedarán
en poder de CINÉPOLIS.
RESPONSABILIDAD, CONDICIONES
Y RESTRICCIONES
37- En la publicidad de la presente promoción se ha consignado
la frase “Ver reglamento en CINÉPOLIS Terramall
o en www.cinepolis.co.cr”, en señal de que la participación
de los interesados, así como la propia promoción
y los premios, están sujetos a condiciones y limitaciones.
Estas condiciones y restricciones son las que se indican en
este reglamento.
38- La presente promoción se rige por este Reglamento,
y en forma supletoria y complementaria, se tiene por incorporada
la legislación nacional, la jurisprudencia judicial y
administrativa, así como las resoluciones de la comisión
del consumidor, en cuanto sean aplicables.
39- El patrocinador se reserva el derecho de determinar de acuerdo
a los intereses de la promoción y de los derechos de
los consumidores, aquellos casos que incumplan con los artículos
anteriores, y de suceder alguna de estas circunstancias, del
hecho se dejará constancia en el Acta Notarial que el
día del sorteo se levante a dichos efectos.
40- Las pruebas que sustenten actos como los descritos en los
puntos anteriores, serán las que de acuerdo a los principios
y leyes judiciales, sean las más comunes y/o permitidas
por lo Tribunales de Justicia.
41- Cualquier asunto que se presente con la promoción
y que no se encuentre previsto en el presente reglamento, será
resuelto por el patrocinador, en estricto apego a las leyes
de la República.
42- Todos los datos que el consumidor brinde para poder participar,
podrán ser utilizados por el patrocinador para el envío
de ofertas y comunicaciones.
43- Bajo ninguna circunstancia, el patrocinador reconocerá
ni validará ningún reclamo de premio que no esté
amparado al documento de identidad del favorecido.
44- No obstante todo lo establecido en el punto 3 de este reglamento,
en cuanto al plazo promocional, la presente promoción
se tendrá por finalizada anticipadamente en relación
con uno, varios, o todos los participantes, en caso de que se
agote anticipadamente la existencia de la cantidad máxima
de cupones ofrecida en este reglamento.
45- El patrocinador se compromete a entregar únicamente
las cantidades máximas de premios que ha ofrecido con
la presente promoción.
46- Las marcas participantes (patrocinadoras) de esta promoción,
son propiedad de sus titulares, y por lo tanto, el patrocinador
no reclama ningún derecho sobre ellas. La participación
de estas marcas en la promoción, ha sido autorizada por
el respectivo productor, distribuidor, importador o representante
de la marca en Costa Rica.
47- La responsabilidad del patrocinador culmina con la entrega
de cada uno de los premios, no se responsabiliza por accidentes,
muerte, enfermedades o gastos médicos en los que puedan
ocurrir por el uso y disfrute de cualquier premio.
48- Los viajes están condicionados a las siguientes cláusulas.
49- Cada favorecido (y su acompañante) deberá
trasladarse al aeropuerto de Costa Rica y regresar a su hogar
por sus propios medios, una vez de vuelta en Costa Rica.
50- El viaje lo realizará cada favorecido (y su acompañante)
bajo su propia responsabilidad y por ello asume los riesgos
que ello implique, liberando por lo tanto al patrocinador de
toda responsabilidad por el riesgo asumido y sus consecuencias.
51- La responsabilidad del patrocinador culmina con la entrega
de la documentación del caso para realizar el viaje descrito,
por ello no se responsabiliza por accidentes, muerte, enfermedades
o gastos médicos en los que puedan ocurrir por el uso
y disfrute del viaje, ello debido acaso fortuito o fuerza mayor.
52- Es claro que si durante el viaje se produce algún
accidente que provoque hospitalización, muerte, gastos
médicos, rehabilitación, etc., el patrocinador
hará todo lo que esté a su alcance para brindar
la información con el fin de localizar a la agencia de
viajes contratada para estos efectos, y así el favorecido
(y su acompañante) pueda hacer los respectivos reclamos,
con lo cual culminará su responsabilidad, excepto que
de conformidad con el artículo 35 de la Ley de Promoción
de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor (Nº
7472), se demuestre que el patrocinador efectivamente tuvo participación
responsable y directa en el propio accidente, de lo contrario,
no podrá exigírsele reclamo ni indemnización
alguna.
53- El viaje no incluye los trámites necesarios para
la obtención del pasaporte de salida del país,
ni los permisos necesarios para viajar (caso Visa, de pensiones
alimenticias, ni levantamiento de restricciones o prohibiciones
para viajar fuera del país). Obtener todos los permisos
necesarios para viajar será responsabilidad de los favorecidos.
54- Es indispensable para poder salir del país o ingresar
a cualquier otro, contar con pasaporte del país del que
se es nativo, válido y al día con una vigencia
no inferior a seis meses anteriores a su vencimiento o renovación
con respecto a la fecha de viaje, sea la que le indique el patrocinador.
Será exclusiva responsabilidad de cada favorecido tener
su pasaporte con estas condiciones, así como que el mismo
debe estar en perfecto estado, y no presentar manchas, tachaduras,
suciedad, roturas, falta de páginas o páginas
rotas o en mal estado, o cualquier irregularidad que pueda provocar
que una autoridad nacional o extranjera determine que el documento
no es apropiado para viajar. Si una persona no puede viajar
por esta circunstancia, le debe quedar claro que habrá
sido por su única responsabilidad y que por lo tanto
el PATROCINADOR no le repondrá, sea total o parcialmente,
el costo del viaje que perdió por culpa de los inconvenientes
que se presenten con su pasaporte.
55- El viaje no incluye los trámites de obtención
de visas y permisos migratorios que se requieran para viajar
a otros países, incluso los de tránsito.
56- El patrocinador no asumirá responsabilidad alguna
si algún favorecido (y/o su acompañante) no obtiene
o no logra obtener las visas migratorias del caso. Si una persona
no puede viajar por esta circunstancia, le debe quedar claro
que habrá sido por su única responsabilidad y
que por lo tanto el patrocinador no le repondrá, sea
total o parcialmente, el costo del viaje que perdió por
culpa de los inconvenientes que se presenten con la visas de
ingreso, migración o tránsito de otros países.
57- El patrocinador asume que ninguna persona que viaja tiene
impedimento de salida del país, y no asume responsabilidad
si así fuere. Si esta circunstancia ocurriese entonces
se entenderá que es aplicable la última parte
del artículo anterior.
58- El patrocinador asume que toda persona que viaja, no tiene
problema alguno para ingresar al país destino y/o los
de tránsito. Si los hubiere, será responsabilidad
del favorecido (y su acompañante), comunicar dicha circunstancia
a los representantes del patrocinador.
59- El patrocinador no asume ninguna responsabilidad si las
autoridades del país destino y/o cualquiera de tránsito,
impiden el ingreso del favorecido (y/o su acompañante),
o decretan su expulsión, no importa la situación
que lo haya generado. En estos casos, los gastos y los costos
que ello genere, serán cubiertos por el favorecido (y/o
su acompañante) y nunca por el patrocinador, quién
tampoco asumirá ningún tipo de responsabilidad.
60- Se entiende de conformidad con el apartado PREMIOS de este
documento, que el viaje INCLUYE únicamente lo que conste
por escrito y que no incluirá lo que no se mencione en
la documentación de viaje. Desde ese punto de vista,
las personas favorecidas aceptarán la documentación
y no tendrán derecho a reclamar mejorías ni cambios
en los mismos.
61- Si un favorecido (y/o su acompañante) pierde por
su culpa alguno o algunos de los vuelos o transportes; los gastos
que impliquen continuar el viaje, si es que es posible, serán
cubiertos por la persona favorecida de sus propios bolsillos.
Si no es posible, entonces se entenderá que habrá
perdido el derecho a viajar, sin derecho a reclamo, reposición,
ajuste o indemnización alguna.
62- No se podrá solicitar cambios de destino del viaje
ni de vuelos, ni del itinerario estipulados en la documentación,
ni tampoco de habitacion, transporte, o alimentación,
salvo que en cada caso el interesado llegue a un acuerdo con
los propios prestadores del servicio, en cuyo caso, el patrocinador
no tendrá ninguna responsabilidad, entendiéndose
que todo dinero extra que ello implique, será cubierto
por el favorecido (y/o su acompañante) y el riesgo que
dicho cambio signifique para finalizar felizmente el viaje.
63- Las fechas y horas de los vuelos de viaje (tanto de salida
como de regreso) igualmente los de tránsito (si los hubiere),
están condicionados y sujetos a cambios, suspensiones
y atrasos, por parte de las líneas aéreas, de
acuerdo a sus políticas y a lo que indique cada boleto
o contrato. Por esta especial circunstancia, (propia, única
y generalmente impuestas por las líneas aéreas
en el ámbito internacional), en las que el patrocinador
no tiene, ni puede tener control, ni injerencia sobre estos
acontecimientos, no le hace asumir ningún tipo de responsabilidad,
ni tampoco se verán en la obligación de recompensar
en ninguna forma, si producto de estos cambios, los viajeros
sufren algún tipo de perjuicio. En todo caso se aclara,
que la responsabilidad que asume el patrocinador, es la de cancelar
los servicios del caso, como si los propios ganadores los hubiesen
adquirido por sí mismos, por lo que estos deberán
asumir, de acuerdo a este reglamento, los riesgos que todo viaje
implica.
64- Cada tiquete de avión, así como la habitacion,
y la alimentación, serán en la clase que indique
la documentación, generalmente turista o económica,
y tampoco podrá ser variado. Cada favorecido deberá
cumplir con el itinerario estipulado en el premio.
65- Las personas favorecidas deberán realizar el viaje
conjuntamente en la misma fecha confirmada, sea en el mismo
vuelo. Con las líneas aéreas, los favorecidos
quedarán obligadas en cuanto a las contrataciones hechas
por el patrocinador.
66- Sin perjuicio de lo establecido en otras partes de este
reglamento con respecto a la responsabilidad del patrocinador,
éste no responderá por ningún problema
que pueda tener cada favorecido (y su acompañante) con
su equipaje, ya sea que éste se les extravíe parcial
o totalmente, se les pierda definitivamente o se les incaute
o decomise; tampoco responderá por los impuestos de aduanas
que se le impongan a los bienes que adquiera la persona en el
exterior. El patrocinador no se hace responsable por el contenido
del equipaje de cada favorecido (y su acompañante).
67- Los viajeros deberán ir preparados al viaje, ya sea
con dinero en efectivo o tarjeta de crédito con fondos
suficientes para cualquier eventualidad.
68- El patrocinador tampoco será responsable por daños,
perjuicios o pérdidas ocasionados por un favorecido (y
su acompañante) de cualquier índole, sea en el
traslado al país de destino, durante el viaje, sea aviones,
transporte u hoteles, y cualquier lugar de visita o estadía
y por ende, no asumirá responsabilidad alguna resultante
de querellas, juicios o cualquier acción legal resultante
de dichas acciones justificadas o no, y en todo caso responderá
individualmente.
69- El favorecido (y su acompañante) deberá mantener
durante todo el viaje, el orden y la disciplina de acuerdo a
las circunstancias y en todo caso acatar las instrucciones y
órdenes de seguridad que indique el o los operadores
de turismo guía. Estas personas podrán llamar
la atención de los favorecidos en todo aquello que pueda
afectarles o pongan en compromiso la imagen de CINÉPOLIS.
El patrocinador podrá exigir moderación en las
bebidas y desautorizará el consumo de drogas y sustancias
enervantes en general, las cuáles quedan prohibidas.
70- Si por alguna circunstancia se extravía o roban un
pasaporte o documentos de identidad, el viajero se presentará
ante la Oficina del Cónsul más cercano para solicitar
la ayuda del Gobierno.
71- Una vez recibida la documentación de viaje, la misma
resulta intransferible y no negociable, ni puede ser comerciada
o canjeada por dinero en efectivo, además de que se considera
personalísima.
72- Las entradas al cine están sujetas a espacio, dependiendo
de la hora de la tanda y aplican únicamente para los
días indicados.
73- CINÉPOLIS hará las condiciones de censura
que imponga la oficina designada.
74- Las entradas tampoco aseguran un espacio definido dentro
del cine, sino depende de la tanda en que se utilice, ni incluyen
alimentos de ninguna índole.
75- Las personas interesadas deberán llegar al cine por
sus propios medios, y hacer la fila normal para ingresar al
cine. Para elegir los mejores espacios, las personas deberán
llegar temprano al cine para hacer la fila correspondiente.
76- Si se demuestra que una persona recibió un premio
por medio de engaño, el patrocinador podrá reclamar
el premio entregado en cualquier momento, y se reserva el derecho
de tomar las acciones legales del caso.
77- El derecho a los premios y los premios en sí no son
transferibles, negociables, ni pueden ser comerciados de ninguna
forma. El premio será entregado únicamente a cada
persona declarada como favorecida en el sorteo den la presente
promoción, una vez verificado que cumple con los requisitos
reglamentarios, salvo si corresponde a otra persona, en caso
de cesión del premio.
78- Si un favorecido no acepta el premio o sus condiciones,
este premio se considera renunciado y extinguido en relación
al favorecido (y su acompañante cuando sea procedente)
y no le asistirá derecho a reclamo o indemnización
alguna, ni siquiera parcialmente. De esta circunstancia se levantará
un acta notarial.
79- El patrocinador suspenderá en forma inmediata la
presente promoción, sin asumir responsabilidad alguna,
si se llegaren a detectar defraudaciones tales como alteraciones,
imitaciones, reimpresiones, sustituciones o cualquier otra irregularidad
en los cupones, o si se presentara una circunstancia de fuerza
mayor que afecte gravemente los intereses de la empresa patrocinadora.
80- El patrocinador se reserva el derecho de modificar este
reglamento en cualquier momento para introducir todas aquellas
modificaciones necesarias para la buena marcha de la promoción.
Las anteriores circunstancias se comunicarán en los puntos
de venta, fecha a partir de la cual la promoción cesará,
o la reforma al reglamento quedará vigente.
81- No podrán concursar los empleados del patrocinador,
tampoco el personal de su agencia de publicidad, funcionarios
externos, ni proveedores involucrados en la promoción.
82- Con el fin de hacer público el resultado de la promoción,
la persona favorecida autoriza a que su nombre e imagen aparezcan
en publicaciones y demás medios publicitarios y en general
en todo material de divulgación de las actividades posteriores
a la promoción, como entrega y recibo del premio, sin
que implique remuneración o compensación adicional,
ni reclamos por derechos de imagen, los cuáles se tienen
por cedidos temporalmente pero solo para los efectos de divulgación
del resultado de esta promoción. Esta negativa les hará
perder el premio.
83- No podrán concursar los empleados del patrocinador
CINÉPOLIS DE COSTA RICA S.A., ni sus familiares hasta
segundo grado de consanguinidad o afinidad; tampoco el personal
de su agencia de publicidad, funcionarios externos, ni proveedores
involucrados en la promoción, pero únicamente
en cuanto al sorteo se refiere.
84- Para mayor información o consultas se puede llamar
al teléfono 278-0017, en horas y días hábiles.
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